#1 25-03-10 09:48

baas
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Habitualidad y pasadas

Hola!
Alguien que sea habitual o que pueda responder conclaridad:
1. en que consiste
2. la cantidad de operaciones al año con que te consideran como habitual(más o menos)
3. cómo tributa un habitual
4.  si tiene alguna ventaja en cuanto a impuestos
5. si en caso de que tenga ventaja conviene hacerse

Me interesa vender en períodos cortos, menores a un año. Esa es la finalidad de la información que pido.
En otro tema sale algo de información, pero me parece confuso.

Por favor que responda únicamente el que este familiarizado y los que no por favor no hacerlo.

Desconectado

#2 25-03-10 14:34

ingeniero
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Re: Habitualidad y pasadas

Estimado Baas:

La habitualidad esta enunciada en la ley de rentas y dice relación con las situaciones en que la venta de acciones no esté exenta del pago de impuesto por ganancia de capital, en estos casos hay que atenerse a lo establecido en la Ley de Renta. Para estos afectos, la ley distingue si en la venta hubo o no “habitualidad” por parte del vendedor, esto es, si en el vendedor de la acción hubo un “ánimo” ocasional o más bien permanente en la compraventa de acciones (la ley no es precisa en determinar cuándo hay habitualidad en una operación, por lo que aquí opera especialmente el criterio del SII), es decir, no existe una cantidad de operaciones que se estimen como habituales.

Si se presume que no hay habitualidad: La ganancia de capital queda gravada con el Impuesto de Primera Categoría en carácter de único, tasa de 17%, y el monto resultante debe ser declarado en una línea especial del formulario de Global Complementario (el impuesto resultante se paga de todas maneras, aunque el contribuyente esté dentro del tramo exento del Global).

Si hay habitualidad: La operación queda gravada con el Impuesto de Primera Categoría y Global Complementario; sin embargo, el de Primera Categoría puede ser usado como crédito (descontar) del Global Complementario. Por este motivo se hace atractiva la compra de acciones exentas del impuesto a la ganancia de capital.

Un saludo.


EL TRABAJO DA RIQUEZA / Trabajo - Disciplina - Humildad

Desconectado

#3 20-09-10 19:01

COKKE
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Re: Habitualidad y pasadas

ingeniero escribió:

Estimado Baas:

La habitualidad esta enunciada en la ley de rentas y dice relación con las situaciones en que la venta de acciones no esté exenta del pago de impuesto por ganancia de capital, en estos casos hay que atenerse a lo establecido en la Ley de Renta. Para estos afectos, la ley distingue si en la venta hubo o no “habitualidad” por parte del vendedor, esto es, si en el vendedor de la acción hubo un “ánimo” ocasional o más bien permanente en la compraventa de acciones (la ley no es precisa en determinar cuándo hay habitualidad en una operación, por lo que aquí opera especialmente el criterio del SII), es decir, no existe una cantidad de operaciones que se estimen como habituales.

Si se presume que no hay habitualidad: La ganancia de capital queda gravada con el Impuesto de Primera Categoría en carácter de único, tasa de 17%, y el monto resultante debe ser declarado en una línea especial del formulario de Global Complementario (el impuesto resultante se paga de todas maneras, aunque el contribuyente esté dentro del tramo exento del Global).

Si hay habitualidad: La operación queda gravada con el Impuesto de Primera Categoría y Global Complementario; sin embargo, el de Primera Categoría puede ser usado como crédito (descontar) del Global Complementario. Por este motivo se hace atractiva la compra de acciones exentas del impuesto a la ganancia de capital.

Un saludo.

Buen tema---


-VINCE IN BONU MALUM-

Desconectado

#4 20-09-10 19:14

camilom
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Re: Habitualidad y pasadas

Interesante el tema, pero siempre he estado con la confusion de cuando se grava o no. Porque hay un articulo general que dice que las ventas de acciones con presencia bursatil no estan afectas a impuestos. Esta presencia bursatil debe ser mayor al 60 o 40 si no me equivoco. Entonces que se debe hacer?

Saludos.


A player or nothing. GG.

Desconectado

#5 20-09-10 20:01

lyo
Expulsado

Re: Habitualidad y pasadas

mayor a 25% de presencia.......el año pasado declaré como habitual,pero no pagué impuestos por tener mis acciones presencia bursatil......el mayor valor obtenido no constituye renta por ésto.......la verdad es que se demoraron en procesar la información ...pero pasó sin problemas ni objeciones.del SII....
...SÍ Pagué impuesto a la renta por mis ingresos obtenidos con el ejercicio profesional...pero lo ganado con las acciones eran como 15MM...subía de tramo altiro...pero no fué considerada como renta...y éste año la bolsa va alcista...y espero no tener problemas con el SII.
SLDS

Desconectado

#6 20-09-10 20:03

lyo
Expulsado

Re: Habitualidad y pasadas

Y yo creo que todos caemos en la categoría de habituales.....a menos que compres ahora y vendas el próximo año....

Desconectado

#7 20-09-10 20:46

LB
Miembro
Calificacion :   12 

Re: Habitualidad y pasadas

Lo unico que se deben preocupar que las acciones compradas en bolsa  tengan presencia bursatil ajustada (sobre 25 %) al momento de la venta.(olvidense de habitual o no habitual.),LB


Cuando uno se pone a rezar es indicador de que debe vender.

Desconectado

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