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Yeiii....,clap clap también ....ese es mi informático ....:)
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Muchas gracias Leoncita
Comparto la opinión de Rolex, acá se necesita un abogado con conocimientos de derecho civil y procesal, no de Aguas porque
no está en discusión el derecho de aguas, sino un bien o derecho que pertenece a la comunidad formada al disolverse la sociedad
conyugal ( aunque técnicamente el término " comunidad " es sui generis en esta materia ).
De la consulta realizada deduzco que el derecho de aguas quedó sin adjudicarse a ninguno de los ex cónyuges y solo se omitió
pronunciarse al respecto en la escritura de liquidación de la sociedad conyugal.
En la hipótesis anterior ese " derecho de aguas ", estaría legalmente en " comunidad " , siendo dueñoso copropietarios de los derechos ambos ex-cónyuges . Como nadie está obligado a permanecer en la indivisión ( en este caso codueños de derechos ) , la acción que
corresponde es entablar un juicio de partición de bienes cuyo objeto es liquidar la comunidad existente repecto de ese derecho que en su oportunidad no se liquidó ni fué objeto de adjudicación.
Este juicio debe realizarse ante un Juez Arbitro, ya que la liquidación de la sociedad conyugal es materia de arbitraje forzoso. Hay que evaluar costo beneficio.
Respecto de tu consulta acerca de los plazos de prescripción, el derecho de pedir la partición siempre está vigente, no prescribe, pero
lo que puede suceder es que el ex cónyuge alegue prescripción adquisitiva del 50% de los derechos de agua de su ex, pero es ya asunto de prueba que se podría alegar que falta algunos de los elementos de la prescripción ordinaria y que por lo tanto estarían hablando de prescripción extraordinnaria de 10 años.
Espero haber aclarado tu duda y como bien dice rolex, que busque la asesoría de un buen abogado que haga la pega.Rolex escribió:No necesitas un experto en derecho de agua en todo caso, un abogado que haga la pega.
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Leoncita,
Si ambos ex-cónyuges se pusieran de acuerdo en ambos quedar con el 50% del derecho de agua sería necesaria la presencia de un Juez Árbitro ?, si no fuera necesaria su gestión cuál sería el mecanismo para la subdivisión del derecho ?, presentar un escrito ante un juez ordinario ?, un escrito en la dirección de aguas ?, o qué se hace ?
Muchas gracias Leoncita
Leoncita escribió:Comparto la opinión de Rolex, acá se necesita un abogado con conocimientos de derecho civil y procesal, no de Aguas porque
no está en discusión el derecho de aguas, sino un bien o derecho que pertenece a la comunidad formada al disolverse la sociedad
conyugal ( aunque técnicamente el término " comunidad " es sui generis en esta materia ).
De la consulta realizada deduzco que el derecho de aguas quedó sin adjudicarse a ninguno de los ex cónyuges y solo se omitió
pronunciarse al respecto en la escritura de liquidación de la sociedad conyugal.
En la hipótesis anterior ese " derecho de aguas ", estaría legalmente en " comunidad " , siendo dueñoso copropietarios de los derechos ambos ex-cónyuges . Como nadie está obligado a permanecer en la indivisión ( en este caso codueños de derechos ) , la acción que
corresponde es entablar un juicio de partición de bienes cuyo objeto es liquidar la comunidad existente repecto de ese derecho que en su oportunidad no se liquidó ni fué objeto de adjudicación.
Este juicio debe realizarse ante un Juez Arbitro, ya que la liquidación de la sociedad conyugal es materia de arbitraje forzoso. Hay que evaluar costo beneficio.
Respecto de tu consulta acerca de los plazos de prescripción, el derecho de pedir la partición siempre está vigente, no prescribe, pero
lo que puede suceder es que el ex cónyuge alegue prescripción adquisitiva del 50% de los derechos de agua de su ex, pero es ya asunto de prueba que se podría alegar que falta algunos de los elementos de la prescripción ordinaria y que por lo tanto estarían hablando de prescripción extraordinnaria de 10 años.
Espero haber aclarado tu duda y como bien dice rolex, que busque la asesoría de un buen abogado que haga la pega.Rolex escribió:No necesitas un experto en derecho de agua en todo caso, un abogado que haga la pega.
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Hola Meta:
Eso es lo ideal, ahí no necesitan recurrir al Juez Arbitro. Se ahorran los honorarios del Juez y Actuario.
Deben hacerlo por escritura pública en la cual complementan la anterior, haciendo referencia a la de
liquidación de la sociedad conyugal y se adjudican cada uno el 50% del derecho de aguas, quedando radicado éste en
el terreno de cada uno.
Esa escritura se debe inscribir en el Conservador de bienes raíces perteneciente al lugar de donde está ubicada la
parcela o terreno, debiera anotarse al margen del dominio ( cuando se adjudicaron cada uno su lote de la parcela ) del nuevo título
generado al liquidar la sociedad conyugal.
Esa escritura se aconseja que la redacte un abogado, porque deben citarse títulos, deslindes, etc. y que también se encargue que queden debidamente inscritos los derechos de agua.
Saludos.
Leoncita,
Si ambos ex-cónyuges se pusieran de acuerdo en ambos quedar con el 50% del derecho de agua sería necesaria la presencia de un Juez Árbitro ?, si no fuera necesaria su gestión cuál sería el mecanismo para la subdivisión del derecho ?, presentar un escrito ante un juez ordinario ?, un escrito en la dirección de aguas ?, o qué se hace ?
Metamorfosis escribió:Muchas gracias Leoncita
Leoncita escribió:Comparto la opinión de Rolex, acá se necesita un abogado con conocimientos de derecho civil y procesal, no de Aguas porque
no está en discusión el derecho de aguas, sino un bien o derecho que pertenece a la comunidad formada al disolverse la sociedad
conyugal ( aunque técnicamente el término " comunidad " es sui generis en esta materia ).
De la consulta realizada deduzco que el derecho de aguas quedó sin adjudicarse a ninguno de los ex cónyuges y solo se omitió
pronunciarse al respecto en la escritura de liquidación de la sociedad conyugal.
En la hipótesis anterior ese " derecho de aguas ", estaría legalmente en " comunidad " , siendo dueñoso copropietarios de los derechos ambos ex-cónyuges . Como nadie está obligado a permanecer en la indivisión ( en este caso codueños de derechos ) , la acción que
corresponde es entablar un juicio de partición de bienes cuyo objeto es liquidar la comunidad existente repecto de ese derecho que en su oportunidad no se liquidó ni fué objeto de adjudicación.
Este juicio debe realizarse ante un Juez Arbitro, ya que la liquidación de la sociedad conyugal es materia de arbitraje forzoso. Hay que evaluar costo beneficio.
Respecto de tu consulta acerca de los plazos de prescripción, el derecho de pedir la partición siempre está vigente, no prescribe, pero
lo que puede suceder es que el ex cónyuge alegue prescripción adquisitiva del 50% de los derechos de agua de su ex, pero es ya asunto de prueba que se podría alegar que falta algunos de los elementos de la prescripción ordinaria y que por lo tanto estarían hablando de prescripción extraordinnaria de 10 años.
Espero haber aclarado tu duda y como bien dice rolex, que busque la asesoría de un buen abogado que haga la pega.
" Cuando el alumno está preparado, aparece el maestro "
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Sos un ánge !, mil gracias.
Hola Meta:
Eso es lo ideal, ahí no necesitan recurrir al Juez Arbitro. Se ahorran los honorarios del Juez y Actuario.
Deben hacerlo por escritura pública en la cual complementan la anterior, haciendo referencia a la de
liquidación de la sociedad conyugal y se adjudican cada uno el 50% del derecho de aguas, quedando radicado éste en
el terreno de cada uno.
Esa escritura se debe inscribir en el Conservador de bienes raíces perteneciente al lugar de donde está ubicada la
parcela o terreno, debiera anotarse al margen del dominio ( cuando se adjudicaron cada uno su lote de la parcela ) del nuevo título
generado al liquidar la sociedad conyugal.
Esa escritura se aconseja que la redacte un abogado, porque deben citarse títulos, deslindes, etc. y que también se encargue que queden debidamente inscritos los derechos de agua.
Saludos.Metamorfosis escribió:Leoncita,
Si ambos ex-cónyuges se pusieran de acuerdo en ambos quedar con el 50% del derecho de agua sería necesaria la presencia de un Juez Árbitro ?, si no fuera necesaria su gestión cuál sería el mecanismo para la subdivisión del derecho ?, presentar un escrito ante un juez ordinario ?, un escrito en la dirección de aguas ?, o qué se hace ?
Metamorfosis escribió:Muchas gracias Leoncita
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Consulta estimados; Alguien más tiene problemas con la página de CorpBanca??
Toda crisis es una oportunidad...
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si, no esta cargando. anoche podia entrar sin problemas.
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Mismo problema, no carga datos
"Quiero hacer contigo lo que la primavera hace con los cerezos"
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Que suerte la de la divorciada, no pagó niuno por adquirir los derechos de agua ni por concepto de patente ( por algo no sabía de su existencia) y ahora le sale gratis la consulta..........jaja .así nomás .
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Consulta estimados; Alguien más tiene problemas con la página de CorpBanca??
iguale pascuale, corpbanca guateando
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Jajajaja, próximo paso, jugar kino, loto, etc., o ir al casino .....
Que suerte la de la divorciada, no pagó niuno por adquirir los derechos de agua ni por concepto de patente ( por algo no sabía de su existencia) y ahora le sale gratis la consulta..........jaja .así nomás .
" Cuando el alumno está preparado, aparece el maestro "
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Definitivamente http://corp.sigacliente.bcs.cl/ no funciona, y con una orden de compra abierta
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Respuesta de corpcapital " Estimado, estamos trabajando para resolverlo. Gracias por avisarnos. Saludos!
Me parecen palabras conocidas " Estamos Traaajando para eso"
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holas...que les parece esta propuesta...para conmentar un rato....
--- Hacer una AFP estatal, pero no en el sentido de quitarle sus ahorros a los afiliados,la idea sería cambiar el foco de la inversión.Invertir en infraestructura,en hacer empresas de tecnología ,baterías de LITIO,dejar de ser un pais productor de materias primas.Capitalizar Codelco, etc.,dejar de invertir en papeles y de prestarle plata a los bancos a un interés ridículo,mejor prestarlo a la gente y que la gente se gane ese interés.Y lo más importante es que sea sin fines de lucro,o mejor,que las ganancias se repartan entre los afiliados..
...
..no la quise poner en fondos de pensiones,eso es análisis técnico..
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holas...que les parece esta propuesta...para conmentar un rato....
--- Hacer una AFP estatal, pero no en el sentido de quitarle sus ahorros a los afiliados,la idea sería cambiar el foco de la inversión.Invertir en infraestructura,en hacer empresas de tecnología ,baterías de LITIO,dejar de ser un pais productor de materias primas.Capitalizar Codelco, etc.,dejar de invertir en papeles y de prestarle plata a los bancos a un interés ridículo,mejor prestarlo a la gente y que la gente se gane ese interés.Y lo más importante es que sea sin fines de lucro,o mejor,que las ganancias se repartan entre los afiliados..
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..no la quise poner en fondos de pensiones,eso es análisis técnico..
Una AFP que pueda ser controladora de empresas con los fondos de la gente, que cambie su enfoque especulativo a uno productivo.
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Yes...cambiando el paradigma actual...
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holas...que les parece esta propuesta...para conmentar un rato....
--- Hacer una AFP estatal, pero no en el sentido de quitarle sus ahorros a los afiliados,la idea sería cambiar el foco de la inversión.Invertir en infraestructura,en hacer empresas de tecnología ,baterías de LITIO,dejar de ser un pais productor de materias primas.Capitalizar Codelco, etc.,dejar de invertir en papeles y de prestarle plata a los bancos a un interés ridículo,mejor prestarlo a la gente y que la gente se gane ese interés.Y lo más importante es que sea sin fines de lucro,o mejor,que las ganancias se repartan entre los afiliados..
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..no la quise poner en fondos de pensiones,eso es análisis técnico..
Lo que planteas tomará probablemente décadas con retornos 0 o negativos. Eso se hace de otra forma, no con las pensiones de la gente.
Y para que quieres prestarle plata a la gente? si probablemente si tiene acceso a plata más barata la usará para comprar puras weas.
En muchos países del mundo los fondos se invierten en empresas y acciones y no veo revoluciones en ningún lado por esta razón.
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holas...que les parece esta propuesta...para conmentar un rato....
--- Hacer una AFP estatal, pero no en el sentido de quitarle sus ahorros a los afiliados,la idea sería cambiar el foco de la inversión.Invertir en infraestructura,en hacer empresas de tecnología ,baterías de LITIO,dejar de ser un pais productor de materias primas.Capitalizar Codelco, etc.,dejar de invertir en papeles y de prestarle plata a los bancos a un interés ridículo,mejor prestarlo a la gente y que la gente se gane ese interés.Y lo más importante es que sea sin fines de lucro,o mejor,que las ganancias se repartan entre los afiliados..
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..no la quise poner en fondos de pensiones,eso es análisis técnico..
Actualmente ninguna AFP le quita los ahorros a sus afiliados, lo invierte y les da rentabilidad. Si cambias el foco de la inversión, ¿cómo calculas el valor cuota diariamente? Si presta plata a un bajo interés o a la gente para que invierta, ¿cómo pretendes que los fondos de los cotizantes obtengan rentabilidad?, por último las AFP como toda S.A reparte las ganancias vía dividendos. Me parece que lo que propones ya existe y se llama Corfo.
"No es cosa de suerte, sino de perseverancia"
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es otra cosa.....por ejemplo la gente que compra puras webadas podría pagarse intereses a su propio fondo de pensiones.....
...y no estamos hablando de que las AFP les quitan sus fondos a la gente...eso es ridículo..obvio..
..la diferencia de dejar eso claro respecto de las miradas más izquierdistas de la sociedad que quieren que eso ocurra...estilo Sra. K-....
...la idea sería que los afiliados fueran los accionistas de la AFP del estado....y ganaran dividendo,más que tener multifondos y eso...
..ese es otro pi#o en el ojo...porqué tener multifondos...nosotros sabemos un poco más de economía que el resto,pero como va a ser que la gente común tenga que manejar conceptos como renta fija,variable,bonos,tasa del tesoro..y un largo etc...eso tb es ridículo...imaginen la ignorancia al respecto, pensando que la gente creía que los fondos que habían ahorrado eran de LA AFP....
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Hoy cualquier persona puede ser accionista de alguna AFP y pueden recibir utilidades vía dividendos.
"No es cosa de suerte, sino de perseverancia"
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lyo,
- Creo que si le limitas el tipo de inversión a la AFP estatal con respecto a las otras AFPs en algo (por ejemplo aquí según te entendí tendría que invertir en empresas de batería de litio [u otra iniciativa nacional de interés] una parte vs la otras AFPs que pueden invertir o no donde quieran si lo estiman rentable o no) sería solo una desventaja de esa AFP con respecto a las otras que implicaría un potencial de rentabilidad menor c/r a sus pares. Regla universal: a mayores restricciones, menos óptima la solución óptima del problema.
- Con respecto a invertir en infraestructura o más cosas de inversión, sería bueno para todas las AFPs si ahora no pueden (lo cual desconozco). Se podría cambiar la cosa para que sí puedan. Así tendrían al menos la opción de elegir y tomar lo más rentable entre más alternativas, mayor espacio factible para elegir -> positiva medida.
- Si quieres que haya fomento de otro tipo de actividades en el país, creo que para eso está CORFO (y si no es así podría haber otra entidad dedicada a eso) y debiesen haber recursos ahí para innovar, intentar nuevas iniciativas de negocios, potenciar nuevos sectores, etc. Pero meter a la fuerza baterías de litio o algo de procesamiento para el cobre o algo que se le ocurra a alguien de arriba como posible desarrollo económico no necesariamente es lo óptimo. Los emprendedores que quieren probar X negocio, que sean ayudados por Corfo y si les va bien, estupendo y si no, caen dentro del 90% de fracaso estadístico, pero compiten legítimamente contra el mercado y el mundo (los invito a hacer más eficientes el las baterías que los productores asiáticos o que la gigafactory de tesla).
Como anécdota, creo que el jueves pasado en MCH había un streaming de contingencia minera o algo así en donde decían que no es lo óptimo hacer cosas con cobre luego de sacarlo, pero sí es más óptimo innovar en el área de proveedores de la minería, a veces lo que suena más obvio ("procesar la materia prima") no necesariamente es lo más eficiente y es mejor que intenten meter las manos al barro los que cachan del tema en donde es más útil y se pueden generar más lucas, aunque suene menos bonito.
Ejemplo real para hacerse una idea del concepto, los países asiáticos, algunos desarrollados ahora, en los 50' 40' eran pobres, decidieron potenciar materia prima -> productos agrícolas. ¿Decidieron procesar sus cosas y vender jugos o ketchups por ejemplo para dejar de ser exportadores de materias primas? No necesariamente, lo que hicieron fue eficientar la venta de dichas materias primas (infraestructura, facilitar emprendimiento agricultor, etc.), luego sacaron las lucas obtenidas y potenciaron otras áreas nada que ver. Electronics, automóviles, etc.
Aquí podrían, con el royalty a la minería que recibe el estado, hacer algo similar, pasar recursos para innovar en proveedores de la minería u otro producto o servicio exportable al mundo, como videojuegos, etc. desarrollar alguna otra tecnología local o potenciar algún sector económico donde tengamos ventaja, etc.
- Un tema relevante que mencionas es el del lucro de las AFPs, si la cosa es buena, no debiese haber problemas. Pero ayer leí una cosa en mercurioinversiones
http://www.elmercurio.com/inversiones/n … chile.aspx
Me quedo con: "Décadas de marketing conservador ha convencido a los estadounidenses de que los programas de gobierno siempre crean burocracias infladas, mientras que el sector privado es siempre simple y eficiente Pero cuando se trata de la jubilación, lo cierto es lo contrario. Más del 99% de los ingresos de la seguridad social se va hacia los beneficios, y menos del 1% a gastos generales. En el sistema de Chile, las comisiones por gestión son alrededor de 20 veces más altas (que en EE.UU.). Y ese es un número típico de los sistemas privatizados."
O sea, puede que estén cobrando bastante por lo que hacen y que en el tema de pensiones no sea tan ineficiente el estado. Plantear la posibilidad de eso es razonable. ¿Cómo verificarlo o mejorar eso? Sencillo, que haya una AFP estatal (además de las que ya hay y sin que sea competencia desleal a favor de la estatal, o sea, con competencia libre) y que cobre lo mínimo que pueda para funcionar, sin lucro. Así, con más competencia -> debiese tender el sistema a costos (comisiones) más razonables -> mejores rentabilidades -> pensionados con algunas luquitas más.
- No sé exactamente como funciona el sistema, pero habría que revisar si los incentivos están bien puestos para que maximisen la rentabilidad de los fondos. Si por alguna razón tienen restricciones desmedidas o bien su incentivo está más en "no levantar polvo" más que en "rentar más para maximizar las pensiones de todos" entonces habría que meterle mano ahí y poner los incentivos orientados a conseguir los objetivos correctos.
Una cosa super clara del sistema es que parece que hay cosas mejores para los que pueden zafarse de él: http://www.elmostrador.cl/noticias/pais … n-las-afp/. Los independientes no tienen mucho interés de meter sus luquitas en las AFPs en vez de hacerlas rentar en otro lugar, eso hace pensar que la rentabilidad de las AFPs inviertiendo no debiese ser de lo mejorcito e invita a pensar en qué podrían mejorarse.
- Y lo de prestarle plata a la gente ... habría que darle más vueltas al tema, ¿Sería como un Cumplo? ¿O un Banco? Con la plata de los fondos? Prestándoles plata a la gente para proyectitos chicos cobrando X tasa a Y plazo? Suena como a otra alternativa de inversión para las AFPs, tendría que ser muy regulado y sería con bastante riesgo, pero de ser factible, sería otra alternativa, entonces why not?. Si los costos < beneficios, podría plantearse eso.
Obviamente, todas las medidas obvias para mejorar las pensiones también debiesen adoptarse, subir la edad para jubilarse por alza en expectativa de vida, al menos equiparar esta edad para hombre y mujer, aumentar el % a ahorrar mes a mes, que los independientes coticen, ver alguna forma de que haya menos lagunas (regular mejor), en el caso urgente de abuelitos que no tienen para vivir, mejorar un poco, por tiempo limitado quizás, el pilar solidario, etc., pero esas medidas son solo para darle más bencina al mercedes, las anteriores son para que el mercedes funciones mejor o más eficiente.
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Pero ser accionistas instantáneamente por sus aportes previsionales no....
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dejar de invertir en papeles y de prestarle plata a los bancos a un interés ridículo,mejor prestarlo a la gente y que la gente se gane ese interés
Con prenda no? o pretendes prestarle contra nada? Si es contra garantia y ejecutarla tan rapido como se le entrega la plata, ideal.
Real estate cannot be lost or stolen, nor can it be carried away. Purchased with common sense, paid for in full, and managed with reasonable care, it is about the safest investment in the world
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Iguales requisitos de un crédito bancario..
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Iguales requisitos de un crédito bancario..
La verdad no te entiendo mucho la idea, pero si creo que hay gente que le hace mas mal que bien un credito.
Real estate cannot be lost or stolen, nor can it be carried away. Purchased with common sense, paid for in full, and managed with reasonable care, it is about the safest investment in the world
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No me gustaría prestar mis ahorros directamente a una persona que lo único que quiere es comprarse un iphone 6 cuando gana 300 lucas mensuales.
La cosa no pasa por las inversiones, si las AFP han rentado harto, quiéranlo o no.
El tema va por el ahorro: con 10% y la gente ganando 300 lucas no llegas a ninguna parte.
Creo que el empleador debería poner 5-10% por costo de él, y así subvencionar la jubilación.
Chile es de los pocos países donde el empleador no pone para el retiro de los trabajadores (muchos países es 50/50)
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No entendiste la idea...prestarte tu misma plata al interés convencional pero los intereses los ganarías tu
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Consulta,
Quiero arrendar una propiedad con opción de compra, ¿qué consideraciones tengo que tener muy en cuenta en el contrato? (En caso que los dueños acepten mi propuesta). Estoy ofreciendo un arriendo bastante generoso, un 8% anual, del valor de venta de la propiedad. Saludos
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Consulta,
Quiero arrendar una propiedad con opción de compra, ¿qué consideraciones tengo que tener muy en cuenta en el contrato? (En caso que los dueños acepten mi propuesta). Estoy ofreciendo un arriendo bastante generoso, un 8% anual, del valor de venta de la propiedad. Saludos
Si realmente existe interés en adquirirla escritura publica, siempre que no tenga hipoteca ni gravamen salvo en reglamento de coopropiedad. De lo contrario no digo que no se pueda pero ya depende de quien este en favor la hipoteca.
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No entendiste la idea...prestarte tu misma plata al interés convencional pero los intereses los ganarías tu
recuerdo que esa era una idea de parisi
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