No estas registrado.
Amigos: Gusto en saludarles, quisiera consultar si me pudieran orientar por favor respecto a que niveles de montos en USD hay que declarar cuando se ingresan dolares a Chile y si estos son registrados por el SII para términos de imputación tributaria. Yo tengo entendido que sobre 10mil usd se declaran pero desconozco si el banco central informa al SII para que este ultimo lo tenga en cuenta en tu declaración anual de renta.
Respecto a otro tema: El hecho que los CFDs en Chile no estén regulados por SVS ¿ Implica que los brokers que operan en Chile no informan al SII de las operaciones y por ende de las ganancias o perdidas que obtengan sus clientes?
Gracias desde ya por sus aportes y ayuda desinteresada.
Buenas noches.
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Se supone que 10 o mas no queda registro, en la practica, TODO lo que entra queda registrado, pero no todo se informa, solo 10+.
Como se hace, por seguridad, ingresas menos de 10, o sea, 9 por ejemplo, nunca se sabe.
Finalmente, si las platas son de origen decente (que es lo que asumo) no tienes para que complicarte la vida.
Real estate cannot be lost or stolen, nor can it be carried away. Purchased with common sense, paid for in full, and managed with reasonable care, it is about the safest investment in the world
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yo ingrese por 9.900, varios paquetes en dias distintos y no tuve ningun problema.
"Quiero hacer contigo lo que la primavera hace con los cerezos"
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Los contribuyentes de Global complementario tienen que declarar TODAS sus rentas anuales al SII, independiente de donde estas se generen (chile o exterior) y de su origen (acciones, CFDs, dep Plazo, etc) . Por tanto, si ganas USD $1 en inversiones en extranjero, ello lo debes declarar como incremento de tus rentas anuales ( por sobre el sueldo en Chile), en abril del año siguiente en la declaración de renta anual.
El límite de $10 mil por transacción, es un límite administrativo de informar al SII que rige para instituciones que hacen la operación de cambio, pero ello no afecta la obligación del contribuyente de tener que declarar su renta anual total, la cual se puede componer de infinitas transacciones de USD $100 cada - durante un año - las que no son informadas por Casa de Cambio al SII.
Los Brokers que ofrecen CFD en chile son regulados en el país de origen del CFD. Es obligación del cliente -no del Broker en extranjero - declarar sus rentas al SII. Ídem a si persona chilena tiene depósitos a plazo en CitiBank Nueva York, los intereses los debe declarar en Chile el contribuyente; no el banco americano que opera en USA
USA-CAL
“There are two kinds of forecasters: those who don’t know, and those who don’t know they don’t know.” – J.K. Galbraith
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yo ingrese por 9.900, varios paquetes en dias distintos y no tuve ningun problema.
Ojo que hasta hace unos meses ingresar paquetes de 10 mil 3 veces al mes no era problema, hoy si.
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Los contribuyentes de Global complementario tienen que declarar TODAS sus rentas anuales al SII, independiente de donde estas se generen (chile o exterior) y de su origen (acciones, CFDs, dep Plazo, etc) . Por tanto, si ganas USD $1 en inversiones en extranjero, ello lo debes declarar como incremento de tus rentas anuales ( por sobre el sueldo en Chile), en abril del año siguiente en la declaración de renta anual.
El límite de $10 mil por transacción, es un límite administrativo de informar al SII que rige para instituciones que hacen la operación de cambio, pero ello no afecta la obligación del contribuyente de tener que declarar su renta anual total, la cual se puede componer de infinitas transacciones de USD $100 cada - durante un año - las que no son informadas por Casa de Cambio al SII.
Los Brokers que ofrecen CFD en chile son regulados en el país de origen del CFD. Es obligación del cliente -no del Broker en extranjero - declarar sus rentas al SII. Ídem a si persona chilena tiene depósitos a plazo en CitiBank Nueva York, los intereses los debe declarar en Chile el contribuyente; no el banco americano que opera en USAUSA-CAL
una duda: supongamos q un chileno tiene un depósito a plazo en NY, y es la única renta q tiene esa persona en el año. Ese año los intereses del DAP suman 5000 dólares de ganancia.
¿Igualmente hay que declararlo en el Global complementario? (teniendo en cuenta que en ese caso la persona cae en el tramo exento por tener rentas anuales < a 6,6 millones anuales)
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Sera semejante a las acciones con presencia bursatil ? se declaran los movimientos, pero no se pagan impuestos. Es una pregunta tb.
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USA-CAL escribió:Los contribuyentes de Global complementario tienen que declarar TODAS sus rentas anuales al SII, independiente de donde estas se generen (chile o exterior) y de su origen (acciones, CFDs, dep Plazo, etc) . Por tanto, si ganas USD $1 en inversiones en extranjero, ello lo debes declarar como incremento de tus rentas anuales ( por sobre el sueldo en Chile), en abril del año siguiente en la declaración de renta anual.
El límite de $10 mil por transacción, es un límite administrativo de informar al SII que rige para instituciones que hacen la operación de cambio, pero ello no afecta la obligación del contribuyente de tener que declarar su renta anual total, la cual se puede componer de infinitas transacciones de USD $100 cada - durante un año - las que no son informadas por Casa de Cambio al SII.
Los Brokers que ofrecen CFD en chile son regulados en el país de origen del CFD. Es obligación del cliente -no del Broker en extranjero - declarar sus rentas al SII. Ídem a si persona chilena tiene depósitos a plazo en CitiBank Nueva York, los intereses los debe declarar en Chile el contribuyente; no el banco americano que opera en USAUSA-CAL
una duda: supongamos q un chileno tiene un depósito a plazo en NY, y es la única renta q tiene esa persona en el año. Ese año los intereses del DAP suman 5000 dólares de ganancia.
¿Igualmente hay que declararlo en el Global complementario? (teniendo en cuenta que en ese caso la persona cae en el tramo exento por tener rentas anuales < a 6,6 millones anuales)
Lo que estas diciendoes que las rentas totales suman X y X< Tramo excento...por tanto persona no paga ni declara GComplementario
USA-CAL
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Todas estas preguntas deberían hacérselas a un contador/tributarista. No se queden con las respuestas del foro (por muy buenas que puedan ser) ya que se pueden meter en un forro inecesario.
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Lo más razonable dicho hasta ahora.
Cada segundo comprado es un riesgo...debe valer la pena
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Gracias a todos por sus aportes y comentarios. Buen fin de semana.
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Todas estas preguntas deberían hacérselas a un contador/tributarista. No se queden con las respuestas del foro (por muy buenas que puedan ser) ya que se pueden meter en un forro inecesario.
ES lo mejor que puedes hacer, ya que todo depende... por ejemplo si tienes una remuneración quizás pases al siguiente tramo y tengas que pagar, pero todo depende... éxito !
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